Según lo establecido por el Servicio de Administración tributaria, en las diversas disposiciones de carácter general, dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y así como en la página de internet de la misma autoridad, se requiere de tres elementos básicos los cuales son:
- Estar dado de alta ante hacienda, ya sea como persona moral o persona física y contar con Cédula de Inscripción al RFC.
- Contar con Firma Electrónica Avanzada (conocida como FIEL).
- Para personas morales, contar con un Certificado de Sello Digital (CSD).
*Desde julio del 2014, las Personas Físicas podrán emitir (sellar) facturas solo con la FIEL, siempre y cuando no tengan un CSD vigente ***
* CSD sigue siendo obligatorio para las Personas Morales ***
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